Declaración de la renta 2021
Un año más llega la época de hacer de declaración de la renta 2021. Se abre el plazo de presentación de declaraciones y es el momento de ajustar cuentas con hacienda. Si necesitas saber que tienes que hacer para presentar tu declaración de la renta y patrimonio del ejercicio 2020 sigue leyendo a continuación.
Plazos y forma
Ya está oficialmente abierto el plazo de presentación de la declaración de la renta 2020/2021. El plazo se ha abierto este año el 7 de abril para renta y patrimonio. Al igual que ha ocurrido en otros años existe la posibilidad de acudir a la propia agencia tributaria para que confecciones nuestro borrador. Desde el 6 de mayo es posible que puedas solicitar la realización de tu declaración.
Puedes hacer la declaración por teléfono desde esa fecha y, a partir del 2 de junio también podrás solicitar su realización en las propias oficinas de la Agencia Tributaria. La fecha final para poder hacer uso de esta opción es el 30 de junio. No olvides que para que te atiendan en la Agencia Tributaria tienes que pedir cita previamente desde el 4 de mayo para el teléfono y desde el 27 de mayo para ser atendido presencialmente.
Novedades a tener en cuenta
No se han introducido muchas novedades en la renta de este año, pero si hay que señalar que se han incrementado las deducciones por donativos. Por tanto, en la declaración de la renta 2021 será posible aplicar una deducción de un 80 % en los primeros 150 euros de las donaciones aportadas a ONGs y otras fundaciones.
Esta deducción podrá ser de un 35 % en el resto de las cantidades aportadas a estas mismas entidades. Respecto a los gravámenes autonómicos no hay grandes cambios en cuanto a las cantidades deducibles ni los porcentajes del impuesto.
Qué hacer en caso de los ERTE
Una situación que se ha repetido de manera importante en el último año ha sido la relativa a los ERTE. A efectos de la declaración de la renta el ERTE se considera como un pagador desde el punto de vista fiscal. En este sentido, es importante considerar que en caso de haber tenido ingresos inferiores a 22.000 euros de un único pagador no tienes obligación de presentar declaración.
Esta cantidad se reduce a 14.000 euros en caso de más de un pagador. Debes valorar que, en la cuestión del ERTE, se considerará que es un pagador más. En estos casos será obligatoria la presentación de la declaración.
No olvides que en caso de que la declaración te salga positiva, tendrás la opción de fraccionar el pago en dos veces. Como novedad este año, para aquellas personas que tengan que pagar y hayan estado en ERTE, la Agencia Tributaria permite un plazo de pago de hasta 6 meses sin intereses.
Como puedes comprobar no hay grandes cambios en la declaración de la renta 2021. No obstante, es importante hacer bien tu declaración y dejarte asesorar por expertos si tienes dudas sobre como enfocarla.
En nuestra Gestoría Grup Pobles de la Mar, nuestros expertos podrán darte orientación sobre la mejor forma de hacer tu declaración de la renta del ejercicio 2020 y los datos a tener en cuenta.